Ciudadanos de Jonacatepec promovieron un Procedimiento Especial Sancionador ante el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) en contra del Ayuntamiento de Jonacatepec, por la presunta utilización de recursos públicos para promover la imagen y el nombre de funcionarios municipales.
De acuerdo con la documentación presentada ante el órgano electoral, la queja fue recibida por la Secretaría Ejecutiva del IMPEPAC a las 12:15 horas del 27 de agosto de 2026, y quedó registrada con el folio 002224. El asunto fue identificado como expediente IMPEPAC/CEE/CEPQ/PES/36/2026.
La inconformidad está relacionada con trabajos de pavimentación que se realizan en una vialidad del municipio, donde, según los promoventes, se habrían colocado placas especiales en el cemento con los nombres de Israel Andrade Cacheux, presidente del DIF municipal, e Israel Andrade Zavala, presidente municipal de Jonacatepec.
Los ciudadanos señalan que la incorporación de estos nombres en una obra pública podría constituir un acto de promoción personalizada de servidores públicos mediante el uso de recursos públicos, por lo que solicitaron la intervención de la autoridad electoral para determinar si existe alguna infracción a la normativa vigente.
El documento consultado establece que la Secretaría Ejecutiva del IMPEPAC fundamentó la recepción del escrito en diversas disposiciones constitucionales, electorales y locales, además de jurisprudencias relacionadas con las facultades de la autoridad electoral para investigar posibles faltas y recabar las pruebas necesarias.
La certificación señala que el escrito fue recibido junto con dos hojas útiles y un anexo consistente en una fotografía, elementos que forman parte del expediente.
Con la recepción y registro de la denuncia, corresponderá al IMPEPAC realizar las diligencias que determine procedentes para analizar los hechos, recabar elementos de prueba y establecer si existen indicios de una posible infracción electoral. En caso de acreditarse alguna conducta sancionable, el procedimiento podría derivar en las consecuencias previstas por la legislación.
Hasta este momento, la existencia de la denuncia no implica que el Ayuntamiento o los funcionarios señalados hayan sido declarados responsables de alguna infracción, pues será la autoridad electoral la encargada de determinar, conforme al procedimiento correspondiente, si los hechos denunciados se acreditan y si constituyen una violación a la normativa electoral.